viernes, 19 de junio de 2009

Televisión Digital Terrestre (TDT)

2-) ¿Qué modificaciones en los diferentes ámbitos del derecho relacionados con emisiones televisivas, deberían ser propuestas a partir de la transformación de las emisiones d la señal analógica a la señal íntegramente digital?

Para dar inicio al análisis debemos resaltar que la Televisión como la conocemos hoy en día, dará un giro de 1800, será sustituida completamente por una nueva forma de ver la Televisión. Nos permitirá disfrutar de un mayor número de canales con ventajas verdaderamente importantes, como una mayor calidad de la imagen sonido.

Pero lo curioso de la cuestión es lo referido a la pregunta de que si estamos preparados para la llegada del “apagón tecnológico” previsto, de forma completa, para el 30 de abril de 2010.

Tenemos varios tipos de usuarios activos de este servicio ya en un número importante de Países, pero debemos resaltar que existen varios que todavía no hemos accedido o tenido la posibilidad de manejarlo, para nuestra suerte la adaptación a la nueva era es sencilla, sólo adquiriendo un decodificador o realizando unas pequeñas modificaciones, ya estamos preparados para recibir y disfrutar de la llamada Televisión Digital Terrestre (TDT). Esta se encuentra encuadrada dentro del grupo de la sección de radiodifusión digital.

Del otro punto de vista tenemos al Estado, a las operadoras de Televisión y las empresas instaladoras de los equipos necesarios para la transmisión y recepción de las señales. Que por cierto con la tecnología utilizada actualmente, están bastante preparadas para ofrecer los servicios que los usuarios demandan.

Pasando a nuestro campo, lo jurídico, es importante mencionar la aprobación de la Ley 53/2002, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, de 30 de diciembre de 2002, artículo 109, modifica la Ley 41/1995, de 22 de diciembre, de la Televisión Local por Ondas Terrestres. Esta Ley tiene por objeto la regularización del régimen jurídico del servicio de televisión local por ondas terrestres con tecnología digital. Así mismo, fija la aprobación del Plan Técnico de la Televisión Digital Local a partir de las solicitudes presentadas por las Comunidades Autónomas y las frecuencias disponibles. “Ciudad de Honduras”

En España veremos las fases desarrolladas a lo largo de casi 10 años, con respecto al Apagón Analógico.

El 20 de junio de 2007 se aprobó el proyecto del Plan Nacional de Transición a la TDT para conseguir un cese ordenado del apagón analógico antes del 2010. Esto significa el cese de las emisiones en analógico de todos los Canales nacionales, Autonómicos o locales. Dicho apagón generalizado se ha establecido para el 3 de Abril del 2010. Este plan estratégico consta de 73 áreas técnicas, las cuales engloban 90 proyectos técnicos de transición de los cuales se resumen en 3 grupos técnicos con un calendario determinado, que son los siguientes:

Grupo A. Este afecta a aquellas áreas cuya población esté por debajo de los 500.000 habitantes y que ya tienen cobertura TDT. Este grupo consta de 32 proyectos y la fecha límite es el 30 de Junio del 2009. El apagón afecta al 12,6% de la población sumando los proyectos piloto.

Grupo B. Este afecta a aquellas áreas cuya población esté entre 500.000 y 600.000 habitantes. Este grupo consta de 25 proyectos y finaliza el 31 de diciembre del 2009. El apagón afecta aquí al 32,4 % de la población.

Grupo C. Este afecta a aquellas áreas cuya población supere los 700.000 habitantes. Este grupo consta de 33 proyectos del total de 90 y finaliza el 3 de Abril del 2010. El apagón afecta ya al 67,6 % de la población. Además se debe añadir al plan el Grupo 0, que son quellas áreas que forman parte del plan de apagado piloto, véase el proyecto Soria. Aquí el cese de las emisiones analógicas esta fijado para el 31 de Diciembre del 2008 y conforma el 1% de la población.

Un área técnica es un área geográfica cubierta por inicialmente por el Emisor, también conocido como centro principal detrás de este, el resto de la zona geográfica estará cubierto por un reemisor “Centros secundarios” y en las zonas limítrofes de la región segundo centro y técnicamente tienen cobertura solapada con él o con alguno de los otros centros secundarios.

Como tema final y cierre del análisis podemos ampliar el contenido de las disposiciones que actualmente rigen en nuestra República, sobre las horas de programación Nacional, protección de menores a cerca d la programación. Así como también la Ley 1.328/98 de Derecho de Autor y Derechos Conexos, que habla sobre la radiodifusión e su articulo número 42 coincidentes, tratando de modificarlos para que puedan ofrecer una protección jurídica adecuada a aquellas personas que invertirán en este emprendimiento, así como para que nos brinde seguridad, calidad e igualdad del servicio para todos aquellos que seremos usuarios de la TDT, así como otras legislaciones o disposiciones positivas correlativas a este caso.

1 comentario:

  1. Según informaciones periodísticas las emisiones digitales llegarían al Paraguay en aproximadamente 5 años,lo cuál facilita al Paraguay a realizar un analisis minucioso acerca de los beneficios y perjuicios que generan estos avances tecnológico.
    La televisión digital permite una alta calidad de imagen sin ruidos ni interferencias, permite el acceso a un mayor número de canales, pero debemos tener en cuenta a su vez que las ondas magnéticas provenientes de las emisiones digitales generan problemas medioambientales en la cual nos vemos involucrados.
    Con mayor razón el Estado debe tomar las precauciones antes de tomar alguna decision así también le queda pendiente la realización de un cuerpo normativo que regule todo lo relativo en materia informática.

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